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Nombre de messages : 69 Localisation : Larache/Maroc Date d'inscription : 29/05/2006
 | Sujet: ESTATUTO FUNDAMENTAL Jeu 15 Juin - 5:03 | |
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ESTATUTO FUNDAMENTAL
En Virtud del (Dahir Sharif) Nº 1.58.376 promulgado el 03 del Jumada 1° (Ano Lunar), correspondiente al 15 de Noviembre de 1958, según sus modificaciones y complementos.
ARTICULO PRIMERO CONSTITUCION
En consideración de lo exportado en el Estatuto de la constitución de las Asociaciones: se ha constituido la asociación denominada (LASOCIACION AL KAZABA) DE AMBIENTE, PROGRESO y COOPERACION de LARACHE.
ARTICULO SECUNDO OBJETIVOS DE LA ASOCIACION
• Conservar la belleza y las esplendidas de la antigua medina. • Tomar en consideración y providencia los niños, la mujer y los inválidos. • Luchar contra el alfabetismo. • Emprender y conservar el patrimonio (histórico-cultural-deportivo y artístico) de Larache. • Moralizar la conciencia de los ciudadanos y de bien conservar el medio ambiente y en particular lo higiénico. • Mantener relaciones con los demás asociaciones de fin pertinente sea en el interior o con el exterior. • Emprender afán de todas disciplinas deportivas. • Formar cuadros infantiles en todo lo relacionado con le educación.
ARTICULO TERCERO SEDE DE LA ASOCIACION.
Le Sede de la asociación se fija provisionalmente en le Sede de la Delegación Provincial del Ministerio de Cultura, con la posibilidad de traslado, mediación decreto del Consejo.
ARTICULO CUARTO APARATOS DE LA ASOCIATION:
PRIMERA CLAUSULA. EL CONGRESO GENERAL
A-. Se reúne ordinariamente UNA VEZ en dos anos con la presencia de demás de dos tercios de los socios efectivos, para determinar la estrategia general de la asociación confirmando las decisiones literal y financiero eligiendo los nuevos cuerpos de la asociación y el nuevo comité ejecutivo.
B-. Se reúne la asamblea general excepcionalmente por mediación o petición del consejo ejecutivo, así lo mismo en circunstancias obligatorias, a condición de un programa establecido y aprobado por el Congreso General.
SEGUNDA CLAUSULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACION
El Consejo de Administración es el único cuerpo competente que determina entre los congresos generales, y que se compone de 21 individuos.
COMPETENCIA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION
• Toma sus decisiones con la mayoría de los presentes. • Determina la estrategia y el planning de la Asociación. • Elabora y aproba el estatuto interno de la Asociación • Aproba el programa de actividad de la Asociación • Aproba el proceso verbal y financiero del presupuesto posterior de la Asociación. • Acepta la adhesión de socios así lo mismo retirar la de aquellos que amenazan la orden y la disciplina de la Asociación. • La Asamblea general se reúne que al haber 2/3 de los socios presentes. • El consejo de Administración se reúne en dos (2) sesiones ordinarias anualmente en los meses de; Abril y Octubre, especificando que la sesión de octubre se dedica al estudio del presupuesto del ano posterior, y puede reunirse en condiciones especiales.
TERCERA CLAUSULA LA JUNTA DIRECTIVA Y COMISIONES
A-. CMPOSICION Se compone el Consejo de Administración de nueve (9) individuos elegidos por la Asamblea General y que son:
• El Presidente ……………………………………….Representante de la asociación • Vice primer Presidente ……………………………..Como Auxiliar • Vice Segundo presidente …………………………..Mismo papel del primero • El Secretario General ………………………Se encarga de los asuntos administrativos • Vicesecretario General……………………………..Su Auxiliar • Tesorero …Asuntos financieros, elaboración del presupuesto y partes de 4 meses • Vice Tesorero ………………………………………Su Auxiliar • Consejeros ………………………………….Asumir la buena marcha de la Asociación
B-. COMPETENCIAS
Se considera el Consejo Directivo único representante ejecutivo de la Asociación. -. Ejecuta las decisiones y recomendaciones tomadas por las partes ejecutarías -. Concuerda los acuerdos de Asociaciones y cooperaciones para el fin de la Asociación. -. Designa el responsable de los proyectos de la Asociación.
C-. ELEMENTOS DEL CONSEJO EJECUTIVO Se compone el Consejo ejecutivo de los individuos del Consejo Administrativo
ARTICULO QUINTO LAS COMISIONES FUNCIONALES
EL Consejo de Administración elije las comisiones y determina su papel; así lo mismo su estatuto interno para desempeñar el papel que le concierne en virtud del estatuto interno de la Asociación.
ARTICULO SEXTO FINANCIACION DE LA ASOCIACION.
La financiación de la Asociación se forma de todos los recursos permitidos por el reglamento público.
ARTICULO SEPTIMO COMPETENCIAS FINANCIERAS
Los cheques (bancarios y postales) y todo documento de financiación deben de ser firmados por el presidente y el cajero, y en su ausencia, por parte de su auxiliar. Todos los actos y formalidades financieros de la Asociación, deben de ser autorizados por escrito por parte del Presidente de la Asociación.
ARTICULO OCTAVO
Se confirma la elaboración del reglamento interior el cual estudiará y analizará las cláusulas del Reglamento.
ARTICULO NOVENO LA DISOLUSION DE LA ASOCIACION
La asociación será disuelta par decisión tomada por dos (2) tercios de la Asamblea General con consecuencia las propiedades y bienes serán cedidos a una similar.
ARTICULO DÉCIMO RECTIFICACION
La rectificación o cambio del presente estatuto será efectuado conforme al Reglamento en vigor.
ARTICULO UN DÉCIMO EL COMIENZO
La presente Asociación, empieza su actividad a partir de la legalización del presente Estatuto. | |
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